PROYECTO DE LEY ANTIDISCRIMINACION
 

 


De acuerdo con el proyecto de Ley se entenderá por conducta discriminatoria  toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se realice por motivos de sexo, raza, origen nacional, familiar o social, lengua, religión, opinión política y filosófica, incluida la afiliación a un partido o movimiento político,  posición económica, edad,  orientación sexual, identidad de género , estado civil, estado de salud, discapacidad, aspecto físico o cualquier otra condición social, que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

Durante la presentación de la iniciativa, la Senadora Parody explicó que “las sanciones aplicarán para los ámbitos laboral público y privado, educativo, seguridad social  y otras formas de discriminación en ámbitos y servicios públicos”.

Agregó que “el reconocimiento de las desigualdades sociales y personales de los sujetos que hacen parte de la sociedad, conlleva por parte del Estado la obligación de establecer una política tendiente a prevenir y combatir las conductas discriminatorias”.

“En este proyecto no estamos exigiendo ningún privilegio, solo estamos garantizando el derecho fundamental a la igualdad. Todos, sin distinción, tenemos derecho a desarrollarnos como personas y a ser tratados con dignidad. A eso le apunta esta iniciativa”, sostuvo Parody.

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