PROYECTO PRESCRIPCIÓN DE DELITOS CONTRA MENORES
 

El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, específicamente la Comisión de Prevención del Delito y la Justicia Penal, hiciera un llamado para que todos los Estados Miembros, de conformidad con su legislación interna, aumenten el plazo para entablar acciones penales en los casos que impliquen abuso o explotación sexuales de un niño, por ejemplo considerando la posibilidad de aplazar el comienzo del plazo hasta que el niño hubiera alcanzado la mayoría de edad civil.

Este llamado de la ONU desató un movimiento mundial para que el término de prescripción de la acción penal, en casos de abuso en menores, sólo empiece a contar desde el momento en que son adultos; países como Bélgica, Dinamarca, Alemania, República de Corea, Suecia y Brasil han sido pioneros en la inserción de normas como estas en sus legislaciones.

En Colombia decidimos asumir también este reto para avanzar en la protección efectiva de los derechos de los menores. Por esto razón presentamos a consideración del Congreso de la República, un Proyecto de Ley que tiene como finalidad introducir dos modificaciones al régimen general de prescripción de la acción penal para los delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, y el incesto, cometidos en menores de edad. En primer lugar, se busca establecer un término fijo de 20 años para que estos delitos prescriban y además, fijar un momento específico a partir del cual se empieza a contar el término de prescripción, que sería la mayoría de edad de la víctima.

 
   
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