PROYECTO ADULTO MAYOR
 


POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN UNOS BENEFICIOS A LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

A menudo se echa en cara a la juventud el creer que el mundo comienza con ella. Cierto, pero la vejez cree aún más a menudo que el mundo acaba con ella. ¿Qué es peor?

Christian Friedrich Hebbel

Diagnóstico

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística registraba a 1.635.378 personas mayores de 65 años en 1993, la proyección para este año señala a 2.301.653 colombianos por encima de dicha edad y para el año 2013 una proyección de 3.084.171 colombianos mayores de 65 años lo que significa un aumento del 88% de esta población en un período de 20 años, convirtiéndose en el segundo grupo poblacional de mayor crecimiento luego de la franja etaria comprendida entre los 40 y 60 años.

La disminución en sus capacidades físicas y mentales  de los adultos mayores los coloca en una condición de desventaja frente a las personas que aún no llegan a esta edad, lo que aumenta en muchos casos su dependencia a la familia y a la sociedad y los hace propensos a ser excluidos por la sociedad.

¿Qué se quiere con esta ley?

Busca otorgar algunos beneficios  a las personas adultas mayores,    como reconocimiento social de justicia a las personas que aportaron para el país y que en muchos casos no tienen ingresos permanentes y que la sociedad debe retribuirles de alguna forma lo que hicieron por nosotros.

Por Qué?

La disminución en sus capacidades físicas y mentales  de los adultos mayores los coloca en una condición de desventaja frente a las personas que aún no llegan a esta edad, lo que aumenta en muchos casos su dependencia a la familia y a la sociedad y los hace propensos a ser excluidos por la sociedad.

No podemos seguir bajo el pensamiento que una persona que ha cesado sus actividades laborales debe quedar proscrita a su hogar y dedicarse al descanso y la pasividad, menospreciando sus capacidades y potencialidades

Cuales son las propuestas de la Ley?

La presente proyecto ley busca por una parte reincorporar a las personas mayores de 65 años a distintos espacios de esparcimiento y recreación, mediante la consagración de beneficios en actividades culturales, deportivas y de espectáculos,  facilita su acceso a entidades públicas que tengan atención al público y mejorar los servicios de salud que se prestan por parte de las Entidades Promotoras de Salud, además de otros beneficios que redundaran en la calidad de vida de los adultos mayores.

 
   
Documentos:
 
 
Texto Final Aprobado
 
Ponencia Cuarto Debate
 
ABC del Proyecto
 
Texto aprobado en segundo debate de Cámara
 
 
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