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El objetivo de la ley es establecer condiciones adecuadas en el ámbito laboral y de protección social, aplicadas exclusivamente para las mujeres, con el fin de compensar inequidades de género que les afectan en dichas áreas, y les permitan conciliar en mejor forma su vida laboral y familiar.
Las proyecciones disponibles que consideran los registros acumulados de cotizaciones, las reglas y costos del sistema previsional vigente, indican que las mujeres trabajadoras tienen perspectivas considerablemente más negativas que los hombres sobre el valor de sus pensiones futuras.
Si bien la participación de la mujer en el mercado laboral ha venido creciendo sistemáticamente en Colombia, este hecho ha afectado a la mujer, a la familia y a la sociedad en su conjunto, el ingreso de la mujer al trabajo no ha estado exento de dificultades y existen grandes diferencias en las formas de inserción laboral entre mujeres y hombres.
Según cifras del Dane, a septiembre de 2005 del número total de empleados, 18.216.573, el 59,7% eran hombres y el 40,2% mujeres. Es claro que el mayor número de desempleados corresponde al género femenino. En cuanto al subempleo, hay 2.9 millones de subempleadas.
Muchas mujeres, especialmente las de menores ingresos, se ven forzadas a abandonar sus empleos por no tener con quien dejar a sus hijos. Interrumpir la participación laboral durante los años reproductivos por razones de embarazo, cuidado de los hijos o trabajo doméstico, genera lagunas provisionales que influyen significativamente en sus pensiones pues los aportes en los primeros años, en el sistema de Fondos de Pensiones, tienen un peso mayor en la acumulación de fondos.
Las bajas pensiones que obtendrían las mujeres en el actual sistema previsional se deben a múltiples causas. Entre ellas encontramos las diferencias en la inserción laboral y las diferencias en la división del trabajo reproductivo y doméstico, las cuales tienen enorme incidencia en las pensiones de las mujeres.