Para permitir más denuncias y menos impunidad
El proyecto de Ley, radicado por la Senadora Gina Parody, propone que delitos como abuso sexual contra menores, pornografía con niños y niñas, así como incesto, tengan un término de prescripción de 20 años, a partir de la mayoría de edad de la víctima.
Bogotá, Septiembre 28 de 2006.
Una persona que haya sido abusada a los cuatro años, y decida denunciar a su agresor 25 años después, podría hacerlo y las autoridades deberán iniciar la investigación penal, de acuerdo con el Proyecto de Ley radicado hoy por la Senadora Gina Parody.
Según la iniciativa, la pornografía con menores, el acceso carnal violento, el incesto y constreñimiento para la prostitución y el acto sexual con menor de 14 años prescribirán a partir de que la víctima cumpla 18 años, y tendrá un término de 20. Por ejemplo, con la norma actual, el incesto prescribe a los cuatro años, después de la comisión del delito; la pornografía, a los ocho años; el acceso carnal violento; a los15 años; el acto sexual con menor de 14 años; a los 6 años, con lo que se le dará la posibilidad de las víctimas de reivindicar sus derechos.
“Hoy vemos muchos casos de personas que fueron abusadas cuando eran muy pequeños, y por diversas razones, una de ellas el miedo, nunca denunciaron a su agresor. Con esta ley les vamos a dar la oportunidad de que se reciba la denuncia y se investiguen todos estos delitos, sin importar que hayan pasado más de 20 años desde la comisión del delito”, explicó la Senadora Parody. |