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| Texto Ley |
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| Texto Final Aprobado |
| Resumen de Infancia y Adolescencia |
| Cuadro Comparativo Textos Senado y Cámara |
| Texto Aprobado Comisión 1 Senado |
| Ponencia 2 Debate |
La Ley de Infancia y Adolescencia tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna, igualmente establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
Con la ley 12 de 1991 Colombia ratifico la Convención sobre los Derechos del Niño, convirtiéndose en uno de los primeros Estados en incorporarlo a su legislación. Sin embargo, no se ha adecuado su legislación de infancia y adolescencia a las directrices de la Convención ni tampoco a la Constitución de 1991, lo convierte a nuestro país en el más atrasado en este tema.
1.Porque la legislación del menor vigente en Colombia solo regula nueve situaciones irregulares a partir de las cuales el Estado dicta medidas de protección, dejando por fuera aberrantes violaciones a sus derechos como la trata de personas, la tortura, la explotación sexual comercial, la explotación familiar, el desplazamiento forzado o el reclutamiento ilícito de menores de edad.
3.Porque la legislación actual solamente atiende cerca de 4 millones de menores que tipifican las situaciones irregulares, mientras que la ley de infancia busca preservar los derechos de 16 millones de personas menores de 18 años.
4.El Código del menor reconoce situaciones de riesgo, mientras que la ley de infancia reconoce derechos generales y actuales que han sido regulados en tratados internacionales que el Estado ha ratificado, tales como los derechos de los niños y niñas a ser protegidos contra: toda forma de violencia, abandono, maltrato, explotación, peores formas de trabajo infantil, abuso sexual, desplazamiento forzado, reclutamiento ilícito, trata de personas, entre otros derechos.
5.La LEY de ley de infancia busca que los adolescentes que cometan delitos respondan ante procesos judiciales que respeten todas las garantías propias del debido proceso y del derecho de defensa. Deberán ser juzgados en un proceso penal de carácter diferenciado al de los adultos, especializado en todas las autoridades que lo apliquen y de carácter pedagógico que forme al adolescente en el respeto por los derechos humanos de los demás. No serán juzgados como adultos y si se requiere una medida de privación de libertad, esta solo podrá ser de hasta 5 años y deberá cumplirse en centros especializados del Instituto Colombiano de Bienestar Familia.
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Los niños y adolescentes son el sector mas vulnerable de la población a continuación unas cifras, para que nos demos una visión de la problemática que afecta a los menores de edad.
Estas cifras nos demuestran la necesidad de estructurar respuestas que contribuyan desde lo político y normativo a plantear soluciones a la problemática por la que atraviesa la infancia en Colombia.
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La Ley de Infancia y Adolescencia está dirigido a todos los niños y las niñas como sujetos plenos de derechos hasta la edad de 18 años y, a aquellos que, no obstante haber llegado a esta edad, se encuentran bajo medida especial de protección a cargo del Estado, incluidos neonatos, primera infancia, adolescentes y jóvenes, sin discriminación alguna, y bajo los principios universales de dignidad, igualdad, equidad y justicia social, solidaridad, prevalencia de sus derechos, interés superior y participación en los asuntos de su interés.
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No, la responsabilidad, aunque diferenciada, es compartida por la familia, por la sociedad y por el Estado. La Constitución Política de 1991 dice que “la familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos”. Se puede afirmar que el ejercicio de la responsabilidad parte de la esfera privada en la cual los protagonistas son los padres, los demás miembros de la familia, los representantes legales y las personas a quienes se les ha asignado el cuidado y atención de los niños, niñas o adolescentes. La esfera privada se abre hacia la vida pública a través de la responsabilidad social y ésta se conduce a la participación pública a través de las instituciones del Estado para culminar el ciclo de la corresponsabilidad.
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Los adolescentes comienzan a ser responsables penalmente desde los 14 años de edad. Sin embargo, entre los doce (12) y los catorce (14) no hay privación de la libertad, solo en el caso en que el adolescente incumpla la sanción impuesta o el compromiso con el juez.
Los menores que cometan delitos tendrán garantizado el debido proceso y serán juzgados bajo el sistema penal acusatorio y las penas se aplicarán de la siguiente manera:
Los jóvenes que al delinquir se encuentren en la franja de los catorce (14) a los dieciocho (18) años deben ser penalizados como adultos, solo si en el actual código penal la pena mínima para el delito es de 6 años, al menor se le aplicará una pena de 5 años. En el caso de delitos como homicidio, secuestro o extorsión, se le impondrán hasta 8 años de pena privativa de la libertad.
También existirá privación de la libertad cuando haya reincidencia en cualquier delito e incumplimiento de los compromisos adquiridos con el juez.
La pena privativa de la libertad se ejecutará en centros especializados de reclusión juvenil.
Las sanciones que se impondrán, cuando no haya cabida a la pena privartiva son:
Amonestación
Imposición de reglas de Conducta
Prestación de servicios a la comunidad
Libertad Asistida o libertad vigilada: el juez le da la libertad pero lo obliga a asistir a programas de orientación o capacitación que el ICBF contrata con ONGS allí tienen charlas con psicólogos, en algunas los capacitan laboralmente, integran a la familia para q asuman roles y responsabilidades
Internación en medio o semi-cerrado: el semicerrado es una privación de la libertad pero con permiso de estudiar es decir puede salir en horario escolar y regresar a dormir a la institución, o puede solo estar los fines de semana encerrado
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En la Ley, el maltrato infantil se define como lesiones personales agravadas por ser contra un menor. Van a castigarse con penas superiores a los tres años de prisión. De acuerdo al actual código penal, las penas serán el doble frente a las establecidas para los adultos. Además éstas no serán excarcelables.
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Con esta ley no habrá más “Garavitos”. En esta Ley se eliminan todos los beneficios penales para las personas que cometan delitos contra los niños, niñas y adolescentes en el país. Únicamente recibirán las rebajas de pena por buen comportamiento y estudio, lo que evitaría que quienes cometan delitos contra los menores reciban la casa por cárcel o salgan libres con penas irrisorias. Se acaban las rebajas de penas por sentencia anticipada o confesión, así como la casa por cárcel
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No. El proceso para adoptar un niño en el país seguirá siendo igual. Únicamente se prohíben las donaciones como contraprestación o condición para entregar un niño, una niña o un adolescente, en adopción.
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El artículo 34 de la ley deja claramente establecida la prohibición de admitir menores de 15 años en algún empleo u ocupación. Los menores de quince años pueden excepcionalmente desempeñar actividades remuneradas de orden artístico, cultural, recreativo o deportivo, siempre que no se afecte su salud ni su proceso educativo.
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No, por el contrario se ratifica al ICBF como la autoridad central en materia de adopciones. Será el que tiene la facultad de autorizar a los organismos acreditados y agencias internacionales para que cumplan esta función, bajo su vigilancia.
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Comentarios
INCONFORMIDAD CON ICBF
Desde julio 23 del año 2009, se esta llevando un proceso en el ICBF por la custodia de mi hija, lamentablemente creo que el proceso cayo en manos de una funcionaria que no esta capacitada para realizar un estudio veraz de todas las situaciones que influyen directamente en el bienestar de mi niña; el 26 de Febrero del 2010, La señora defensora de familia decidió dar la custodia nuevamente a la madre de la niña, quien la habÃa cedido por un espacio de seis meses mientras encontraba según ella un buen entorno para su vivienda, y edemas una estabilidad económica. ¿Que debo hacer en este caso? pues las cosas que he podido ver en el tiempo que tengo conmigo a mi hija, me demuestran que con su madre podrÃa correr riesgos fÃsicos y también tener una mala influencia para su desarrollo emocional; lamentablemente la defensora no quiso escuchar mis quejas y tomo una decisión que considero muy apresurada y falta de buen juicio.
DERECHOS DE PADRES DIVORCIADOS
DOCTORA LA FELICITO POR POR ESTA LEY DE INFANCIA Y ADOLECENTES QUE BENEFICIAN A LOS CHINITOS DE NUESTRO PAIS. EN LO PERSONAL TENGO MUCHAS DUDAS CON RESPECTO A LA LEY FRENTE A PADRES DIVORCIADOS Y LOS DERECHOS DE ESTOS CON SUS HIJOS Y LA GUIA DE LAS COMISARIAS DE FAMILIA PARA EL CUMPLIMIENTO DE DE LOS MISMOS . Y LA TAMITOLOGIA QUE NO HACEN OTRA COSA QUE DISTANCIARLOS CADA VEZ MAS
DERECHOS DE PADRES DIVORCIADOS
DOCTORA LA FELICITO POR POR ESTA LEY DE INFANCIA Y ADOLECENTES QUE BENEFICIAN A LOS CHINITOS DE NUESTRO PAIS. EN LO PERSONAL TENGO MUCHAS DUDAS CON RESPECTO A LA LEY FRENTE A PADRES DIVORCIADOS Y LOS DERECHOS DE ESTOS CON SUS HIJOS Y LA GUIA DE LAS COMISARIAS DE FAMILIA PARA EL CUMPLIMIENTO DE DE LOS MISMOS . Y LA TAMITOLOGIA QUE NO HACEN OTRA COSA QUE DISTANCIARLOS CADA VEZ MAS
pero cuales serian en si
pero cuales serian en si segun la ley de infancia y adolecencia las situaciones de abandono y peligro en los menores de edad
Niña victima de abuso sexual por su progenitor
Hace un año llevo un proceso por actos sexuales abusivos, en estos momentos se encuentra el proceso en investigacion en la Fiscalia, pero me tiene muy desconcertada el proceso en Bienestar Familiar, me deja muchas dudas como ha actuado el Defensor de Familia, me gustaria mucho poder hablar con la Doctora Gina Parody, he recibido asesoria, pero me gustaria compartir mi caso y contar con su asesoria, teniendo en cuenta su experiencia.
Muchas gracias
Niña victima de abuso sexual por su progenitor
Hace un año llevo un proceso por actos sexuales abusivos, en estos momentos se encuentra el proceso en investigacion en la Fiscalia, pero me tiene muy desconcertada el proceso en Bienestar Familiar, me deja muchas dudas como ha actuado el Defensor de Familia, me gustaria mucho poder hablar con la Doctora Gina Parody, he recibido asesoria, pero me gustaria compartir mi caso y contar con su asesoria, teniendo en cuenta su experiencia.
Muchas gracias
Niña victima de abuso sexual por su progenitor
Hace un año llevo un proceso por actos sexuales abusivos, en estos momentos se encuentra el proceso en investigacion en la Fiscalia, pero me tiene muy desconcertada el proceso en Bienestar Familiar, me deja muchas dudas como ha actuado el Defensor de Familia, me gustaria mucho poder hablar con la Doctora Gina Parody, he recibido asesoria, pero me gustaria compartir mi caso y contar con su asesoria, teniendo en cuenta su experiencia.
Muchas gracias
LAS INJUSTICIAS EN COLOMBIA
Doctora Gina Parody
Reciba un cordial saludo y la felicito por su excelente trabajo.
En realidad no se cómo es posible que sujetos que pertenecen a grupos ilegales que han degradado tanto a la mujer y a las niñas, las han utilizado en los conflictos armados de nuestro paÃs donde estas mujeres han sido objeto de toda clase de bajezas (violación, secuestros, torturas, mutilación) por parte de ellos; que cuando narran sus actos lo hacen con la más frialdad del caso; resulta que ellos reciban muchos beneficios en los centros de reclusión; pero que se dice de todos aquellos que son inocentes o que han sido acusados y les imponen penas altas por delitos como acto sexual abusivo, por tocamientos; cuando los "otros" han hecho esto y mucho más?
Gracias.
Violencia entre niños en las escuelas
Senadora y demás participantes
Les escribo respetuosamente.
Mi cuestionamiento es no tanto sobre la violencia a los menores en la vida urbana y familiar sino la que ocurre bajo instancias de una institución educativa, es un tema que me ha producido interés puesto que se han tratado esos dos aspectos pero no he oÃdo hablar nunca del que pongo a su consideración más que como simple nombramiento en titulares de las noticias, y hasta hace poco de un encuentro de grupos de investigación de la Costa Caribe por motivo de un proyecto investigativo en una asignatura en mi carrera de Derecho.
Mis inquietudes son sobre las medidas que se toman sobe los menores agresores, las medidas de protección sobre los menores agredidos, las medidas sobre las instituciones educativas teniendo en cuenta que tienen la fubnción in eligendo(ellos se reservan el derecho de admisión tanto en colegios publicos como privados cuando tienen examén de admisión y entrevistas sobre todo en los de secundaria), in vigilando(debido a que son los responsables mientras permanecen dentro de la institución y puesto que los padres les otorgan la posición de garantes sobre sus hijos y ellos la aceptan de forma voluntaria), e in educando(pues precisamente esa es la tarea a la que se dedican los establecimientos educativos respecto de los menores que en sus instalaciones se encuentran como estudiantes).
Debido a estas consideraciones, pienso que si están esclareserlas y si no están agregarlas, puesto que en muchas ocasiones las institucioens educativas pasan por alto el nivel de violencia entre sus estudiantes, y pareciera que tendrÃa que habe run muerto para que seamos concientes o un grave lesionado para que aparezca en titulares de noticias, y no estoy hablando de violencia a las afueras de un colegio sino dentro del plantel mismo, dónde los menores van cada dÃa con la expectativa de estudiar y terminan ingresando con el terror de cuantas golpizas y maltrato verbal llegará a recbir y soportar ese dia.
Agradezco su atención y pido perdón si me he extendido y agradezco sus consideraciones y opiniones al respecto.
INFANCIA Y ADOLECINCIA
Soy estudiante de derecho, y siempre mi inquietud es los niños, y la admiro por su dedicacion en su gestion en la infancia y la adolecencia, ya que son nuestros menores el futuro de nuestro pais, sigamos luchando por ellos y para que el dia de mañana los niños sean lo mas importante y fundamental de nuestro pais.